Adhesión a nueva Ley de ART : Gastón Díaz explicó los puntos a favor y en contra de la nueva normativa.

Afirmó  que “la verdad que no se observa que vaya a tener un perjuicio al momento de cuantificar su indemnización o las prestaciones médicas que puedan llegar a obtener por parte de la ART”, si habrá cambios fundamentalmente en el trámite que el trabajador va a tener que realizar, modificando  el  procedimiento  para  hacer  un  reclamo” .

También suele suceder que el trabajador no está conforme con lo que la ART le propone, y si hay divergencia entre ambos, el trabajador tiene dos opciones, puede accionar ante la justicia o puede recurrir ante la comisión médica que es el órgano de control de las ART”.

El primer cambio,obliga a que se agote previamente la instancia ante la comisión médica que es el órgano de control de las ART, para poder acceder a la  instancia judicial y consideró que “el tiempo que va a demandar el procedimiento puede llegar a ser un punto en contra».

Para el abogado lo que cambia positivamente es que le da la competencia para poder judicializar directamente a la justicia ordinaria. Por  ej. “No voy a tener que salir a contratar un estudio de abogados en Buenos Aires para poder litigar contra una ART cuando no me gusta lo que me dice la comisión médica”, agregó.

“Muchos abogados podrían mostrar resistencia a la Ley porque establece en su artículo segundo que no se van a poder firmar pactos de cuota Litis entre el abogado y el trabajador,lo que prohíbe es que el abogado y el trabajador vayan a resultado, que es el pacto de cuota litis.

*Pacto de cuota litis: Es un convenio por el cual quien debe comparecer en juicio para patrocinar o representar a otro, ejecuta su trabajo a cambio de una parte de lo que corresponda a su cliente en caso de triunfar en el litigio.

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