A partir de la habilitación del gobierno nacional para la puesta en marcha de la Zona Franca de Río Gallegos, toda persona “podrá acceder a la compra de mercaderías al por menor de origen extranjero, en los comercios especialmente autorizados”, y dispondrán de una franquicia máxima de 600 dólares por mes y por persona.
A continuación, se detalla la lista de productos habilitados:
Alimentos: Todos. Excepto carnes frescas, verduras frescas, legumbres frescas, hortalizas frescas, pescados frescos, moluscos frescos y crustáceos frescos.
Bebidas,Prensas de vestir: Todas sin excepciones de todo tipo de material natural, sintético o mezcla.
Textiles del Hogar,Calzados: Todos sin excepciones de todo tipo de material natural, sintético o mezcla.
Artículos de viaje,Perfumes, cosméticos y artículos de tocador e higiene: Todos sin excepciones en todas sus formas de presentación y envase de uso hogareño.
Artículos de joyería y bijouterie: Todos sin excepciones. Incluye relojes de pared, péndulo, mesa y de pulsera, anteojos, armazones y lentes.
Artículos de mesa y otros,Muebles,Artículos de librería,Materiales para la construcción de viviendas, Electrodomésticos, Juguetes, juegos y artículos de deporte y camping.
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