Pretenden eliminar la categoría «sexo» de los DNI

Una diputada por Río Negro, Silvia Home, presentó un proyecto de ley que busca  eliminar la categoría “sexo” de los DNI y documentos oficiales.

 

Entre los argumentos  que presenta la mujer señala que,  se trata de una noción “falsa” que en la actualidad no tiene “utilidad” porque “el Estado debe respetar el género autopercibido de acuerdo a cómo cada persona lo siente”.

Hace algunos días, desde Mendoza, llegaba la noticia de que dos personas habían solicitado que su sexo no sea definido en sus Documentos, por lo cual dejaron de calificarse como hombre o mujer. Ahora, la diputada Horne presentó un proyecto de ley que tiene por objetivo que se elimine la categoría de “sexo” en esta clase de documentos oficiales.

La medida, que es una iniciativa de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Trans y Bisexuales (FALGTB), es impulsada en el Congreso por la legisladora rionegrina.

En ese sentido, resalta que actualmente hay una “falsa noción de sexo (basada en) la interpretación histórica, ideológica y cultural que se hace sobre ciertas diferencias anatómicas, especialmente, sobre la genitalidad y otras comúnmente denominadas características sexuales”.

Y agrega que “estas lecturas, que históricamente se han basado en paradigmas médicos/científicos, se suelen atribuir a la biología y se han asignado con carácter binario, existiendo como únicas posibilidades el binomio varón-mujer”.

VACÍOS LEGALES DEL PROYECTO 

De  aprobarse la iniciativa de Horne, las personas podrán solicitar que se suprima la categoría de “Sexo” en cualquier documento público o privado. Sin embargo, este cambio podría complicar algunas otras normativas vigentes, como por ejemplo, la edad jubilatoria, la cual está dividida en 60 años para las mujeres y 65 para los hombres.

También en los dispositivos contra la violencia de género y el cupo femenino, siendo que para las impulsoras de la normativa se podría subsanar mediante “declaraciones juradas ad hoc”, pero algunas normas deberían tener otras herramientas complementarias, como, por ejemplo, para lo que ocurre con las licencias por maternidad o el uso de los baños públicos.

Asimismo, según se destaca en el documento, esta legislación busca prohibir “los tratamientos y procedimientos médicos forzados, coercitivos e involuntarios, invasivos y/o irreversibles, que modifiquen las características sexuales de una persona, con fines de asignación sexual”, al tiempo que advierte que, si la persona lo solicita, será el Estado quien afronte los costos de los tratamientos de quienes deseen cambiar su propia orientación.

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